Ponemos a disposición de la comunidad empresarial este banco de consejeros con la finalidad de proveer confianza sobre su alineación técnica, el conocimiento de sus responsabilidades y un alto grado de compromiso con la ética y la responsabilidad social.
En el Instituto Mexicano de Mejores Prácticas Corporativas impulsamos a las empresas e instituciones adoptar principios de Gobierno Corporativo, que establezcan el marco de reglas y prácticas para que el Consejo de Administración, prevenga conflictos de intereses y posibles abusos, fomente la productividad, la competitividad y la integridad asegurándose del buen manejo de los recursos, la equidad y la transparencia con sus accionistas y los terceros legítimamente interesados, mejorando con esto los resultados y el acceso al capital.
La integración de Consejeros Independientes en la conformación del Consejo de Administración es fundamental para aportar una visión objetiva e imparcial de la organización consolidando la transparencia y la equidad en su gestión.
En nuestro Instituto desarrollamos un programa de certificación de Consejeros que define su perfil, las funciones y responsabilidades que debe asumir el Consejo de Administración y las mejores prácticas que debe proponer a las organizaciones para su crecimiento y consolidación.
El programa, dio como resultado la conformación del Banco Nacional de Consejeros que ponemos a disposición de la comunidad empresarial, con la finalidad de proveer confianza sobre su alineación técnica, el conocimiento de sus responsabilidades y un alto grado de compromiso con la ética y la responsabilidad social. Estamos convencidos que esta forma de administrar también es aplicable a las empresas familiares puesto que son las que requieren mayor acompañamiento en su crecimiento y permanencia en el tiempo.
La falta de consenso y transparencia en la toma de decisiones en la alta Dirección de las empresas e instituciones, han generado resultados devastadores. Ante esto nace la necesidad de contar con mecanismos que permitan dar mayor transparencia, equidad y colegialidad en la toma de decisiones.
En el Instituto Mexicano de Mejores Practicas Corporativas impulsamos a las empresas e instituciones adoptar principios de Gobierno Corporativo, que establezcan el marco de reglas y prácticas para que el Consejo de Administración, prevenga conflictos de intereses y posibles abusos, fomente la productividad, la competitividad y la integridad asegurándose del buen manejo de los recursos, la equidad y la transparencia con sus accionistas y los terceros legítimamente interesados, mejorando con esto los resultados y el acceso al capital.
La integración de Consejeros Independientes en la conformación del Consejo de Administración es fundamental para aportar una visión objetiva e imparcial de la organización consolidando la transparencia y la equidad en su gestión.
Definiciones:
Conformación del Consejo de Administración
La composición diversa del Consejo de Administración es fundamental para el logro de sus funciones por lo que resulta relevante el analizar el perfil y experiencia de los Consejeros para consolidar la Gobernabilidad Corporativa de la Compañía.
De acuerdo al Código de Mejores Prácticas Corporativas emitido por el Consejo Coordinador Empresarial se recomienda que el Consejo de Administración se integre de 3 a 15 Consejeros (hasta 21 en empresas públicas de acuerdo a Ley del Mercado de Valores), de los cuales, cuando menos el 25% tenga el carácter de independiente.
Serán puestos de elección mediante voto de la Asamblea General de Accionistas el de Presidente del Consejo de Administración, Secretario y Consejeros, conforme a la Ley del Mercado de Valores, los Accionistas que tengan una participación del 10% de total de la tenencia accionaria tendrán derecho a nombrar un consejero, por lo que pueden postularse personalmente o recomendar a un consejero que los represente y vele por sus intereses.
Si bien en la asamblea de accionistas las decisiones se toman en función a la tenencia accionaria, en el Consejo de Administración cada Consejero participará con un voto igual al de los demás Consejeros, por lo que resulta primordial estudiar su conformación tomando un interés especial la participación de los consejeros independientes.
El Director General, su equipo Directivo y el cuerpo de asesores podrán asistir a las sesiones del Consejo con el carácter de invitados en cualquier momento a presentar ó fortalecer los puntos que se incluyen en el orden del día.
Se recomienda que los accionistas participen en el Consejo de Administración, sin embargo cuando además de participar en el Consejo de administración sean Directivos se recomienda que se establezcan claramente los roles que deben jugar en cada una de sus posiciones, ya que precisamente el Consejo de Administración es el órgano que evalúa la forma en la cual se conducen los negocios por el cuerpo directivo.
Una práctica común es la inclusión de familiares al Consejo de Administración, en el Instituto apoyamos que los negocios son de la familia y para la familia, sin embargo recomendamos que antes de que sean formalmente nombrados tengan un proceso de capacitación, certificación e inducción que les permita entender las funciones y responsabilidades que asumirán con sus decisiones, en caso que se decida incluir familiares al Consejo es una mejor práctica establecer Consejo Familiar fuera de la empresa, el cual les permita analizar los hechos y acordar las mejores decisiones para la empresa y la familia para llegar preparados al Consejo de Administración de la empresa.
No se recomienda contar con Consejeros relacionados que sean Funcionarios o Directivos de la Compañía ya que pueden llegar a contaminar la visión del Consejo por medio de justificaciones operativas.
¿Qué atiende el Consejo de Administración?
Las principales funciones del Consejo de Administración son las siguientes:
Órganos intermedios (Comités)
Para llevar a cabo las funciones a que se hace referencia en el punto anterior se deben crear órganos intermedios o Comités que apoyen al Consejo a atender cada una de las actividades de las que es responsable. Los Comités sugeridos son como sigue:
Es recomendable que el perfil de los Consejeros Independiente tenga la especialidad de los Comités que se desea implementar para potencializarlos y con esto cubrir cabalmente las responsabilidades del Consejo. Se recomienda que los Comités estén integrados de 3 a 7 miembros del Consejo y sean presididos por Consejeros Independientes. Es importante destacar que los Comités no tienen poder de decisión de manera independiente, el Comité solo emite recomendaciones y las decisiones las toma el Consejo en pleno.
Responsabilidad legal de los consejeros:
Los administradores son responsables para con la sociedad y frente a terceros:
La responsabilidad de los Administradores podrá ser exigida:
Los consejeros deben estar preparados para ejercer la defensa en forma personal ya que los accionistas de la sociedad son los que demandan los hechos y sería incongruente que la misma sociedad llevara la carga de la defensa, como Instituto recomendamos a los Consejeros la contratación de seguros para solventar estas situaciones.
A continuación se enlistan los actos que pueden ser exigidos por los accionistas de acuerdo a su tenencia accionaria:
Acto | % lgsm | % lmv |
---|---|---|
Oposición Judicial a las resoluciones de Asamblea | 33% | 20% |
A convocar asambleas de socios | 33% | 10% |
Aplazamiento de Votación | 33% | 10% |
Responsabilidad de los Administradores | 33% | 15% |
Responsabilidad de los Comisarios | 33% | 15% |
Nombramiento de Consejeros | 25% | 10% |
Nombramiento de Comisarios | 25% | 10% |
Oponerse a la Oferta Pública de Acciones | 25% | |
Oposición de la Escisión | 20% | |
Convocar asamblea por un solo accionista | Un accionista. | Un accionista. |
Recibir copia de la Información financiera | Un accionista. | Un accionista. |
Petición Judicial del Nombramiento de Comisarios | Un accionista. | Un accionista. |
Denuncia de Irregularidades a los Comisarios | Un accionista. | Un accionista. |
Delimitación de responsabilidades
Para poder delimitar la responsabilidad de los Consejeros las actas de acuerdos deben establecer clara y personalmente el voto de cada Consejero ya sean a favor o en contra, ya que es una práctica común que se protocolicen los acuerdos por mayoría de votos.
Esta es una de las razones para establecer adecuadamente las reglas de operación del consejo, las formas y formatos, así como contar con un Secretario del Consejo independiente, preparado y certificado que pueda llevar la sesión de acuerdo a las Mejores Prácticas.
Por favor elija uno o más campos de su interés
y defina el perfil del consejero de acuerdo a sus necesidades.
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